Categorías de monotributo, ¿En qué se basan?

En varias publicaciones hablamos sobre las diferentes categorías de monotributo y dijimos que esas categorías se fijan según diferentes atributos. Hoy vamos a ver que atributos son los que hay que tener en cuenta para saber dentro de que categoría encajamos. Si no encajamos en ninguna de estas categorías, hay que pasarse al régimen general de responsable inscripto.

1 – INGRESOS BRUTOS:

Este atributo se refiere al total de las ventas que se hayan producido en los últimos 12 meses. A no confundirse con el impuesto a los ingresos brutos. Si en el último año se vendieron $100.000.-, hay que poner ese importe.

A estar atentos, son los ingresos brutos anuales, pero no de un año determinado, sino que de los últimos 12 meses.

¿Cómo se hace cuando se inicia la actividad comercial? Simplemente se pone en 0. Y los valores se van actualizando en cada declaración jurada.

2 – ACTIVIDAD

El monotributo contempla dos universos grandes de actividades:

a – Locación y prestación de servicios.

b – Venta de cosas muebles.

Más allá de que cada una de estas actividades pagan diferentes importe de monotributo, también se excluye a las locaciones de las máximas categorías (J, K y L). Osea, que si entramos en esas categorías, pero nos dedicamos a locaciones, tendríamos que pasar al régimen general.

3 – CANTIDAD MÍNIMA DE EMPLEADOS

A partir de la categoría J, se le solicita al monotributo que tenga una cantidad mínima de empleados. Si no queda fuera del régimen simplificado.

4 – SUPERFICIE AFECTADA

Este item no se refiere al tamaño del inmueble, sino que a la superficie que está destinada para atención al público. En un local comercial sería la parte donde ingresan los clientes. Por ejemplo, una oficina privada no entra en superficie afectada.

Este no debe ser donsiderado den ciudades con menos de 40.000 habitantes.

5 – ENERGÍA ELÉCTRICA CONSUMIDA ANUALMENTE

Tal como sucede con los ingresos brutos, este item se mide en los últimos 12 meses. Y está espresado en Kilowatt. Para poder fijar este parámetro hay que revisar la boleta de la luz y en algún margen nos dice los consumos.

6 – MONTO DE ALQUILERES DEVENGADOS ANUALMENTE

Misma metodología que con los ingresos brutos y la energía eléctrica. Nos tenemos que fijar en los alquileres pagados en los últimos 12 meses.

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CATEGORÍA ASIGNADA

Una vez que declaramos los datos de cada uno de estos parámetros, A.F.I.P. nos dirá automáticamente en qué categoría caemos. La misma se basará en el parámetro que más alto dé. Es decir, si tenemos todos los parámetros para la categoría mínima, pero por los kilowatt (energía electrica) consumidos da la categoría máxima, ingresaremos por la categoría máxima.

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Fuente y tabla vigente:

http://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp

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