A través de la Resolución General 5300/2022 de la AFIP, se determinó un nuevo método de fiscalización en línea para las y los empleadores y su personal contratado. Así, se modifica la herramienta “Trabajo Registrado en Línea”.
La norma establece que el relevamiento de trabajadoras y trabajadores que se encuentran prestando tareas en el establecimiento verificado, se realizará identificando los datos del empleador para el cual prestan servicios y los de cada una de las personas relevadas. Este nuevo procedimiento permitirá generar y suscribir holográficamente los siguientes documentos electrónicos:
a) Formulario “F.8240/E – Planilla de Relevamiento de Personal”
b) Formulario “F.8400/E – Acta de Notificación de Relevamiento”
Los ejemplares serán conservados en un archivo electrónico que podrá ser consultado e impreso por el interesado a través del sitio “web” de la AFIP accediendo al servicio “e-TRL”, para lo cual deberá contar con “Clave Fiscal” habilitada con Nivel de Seguridad 3 como mínimo, conforme a lo establecido por la Resolución General N° 5.048 y su modificatoria.
Los agentes entregarán al interesado un “código QR” para su captura, a través del cual podrá descargar la Acta de Notificación de Relevamiento. A su vez, el referido documento será comunicado en el Domicilio Fiscal Electrónico del contribuyente.
Esta norma establece que los formularios generados constituirán prueba suficiente del incumplimiento constatado a efectos de la prosecución del trámite pertinente, sin perjuicio del derecho del empleador fiscalizado a impugnar la determinación de la deuda, una vez notificado de la misma y conforme la normativa vigente.
La presente resolución deja sin efecto a una anterior que también hacía referencia a la herramienta “Trabajo Registrado en Línea”. Por tanto, los términos de la Resolución General N° 3.655 quedarán sin efecto. La nueva disposición serán de aplicación a partir del 2 de enero de 2023.