Efectivamente el regimen simplificado prevee la posibilidad de tener empleados en cualquiera de sus categorias.
Es importante tener en cuenta qu obliga tambien un minimo de empleados para las categorias mas altas(con efectos de exclusion del regimen) el mismo es el siguiente:
CATEGORIA |
CANTIDAD MINIMA DE EMPLEADOS |
|
J | 1 | |
K | 2 | |
L | 3 |
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